Llana Consultores, que también trabaja como asesoría jurídica, ha advertido que será necesario modificar los términos que tienen que ver con la ausencia autorizada de información en los libros de IVA y en la preparación de asientos resúmenes. Además, mediante estas modificaciones, se aclararía el plazo para ofrecer toda la información necesaria sobre cobros y pagos que afecten al Régimen Especial del Criterio de Caja, además de para notificar cualquier cambio registral.
Plazo de autoliquidación trimestral del IVA
Pero aún habría más novedades. Los nuevos reglamentos del IVA y Facturación mantendrían los plazos de autoliquidación trimestral del citado impuesto para los sujetos pasivos que presenten sus libros de registros de manera voluntaria a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
Además, podría excluirse del régimen simplificado a aquellos sujetos que lleven sus libros a través del registro electrónico, pasando al régimen general; y se modificaría el Reglamento de Facturación, posibilitando que el Departamento de Gestión Tributaria autorice determinadas actuaciones por motivos comerciales, jurídicos o derivados de la actividad económica del sector.
Llana Consultores tiene más de 40 años de experiencia en campos como los de la asesoría fiscal, laboral y contable, además de la compraventa de empresas y el desarrollo internacional. Tienen sedes en Gijón (Marqués de San Esteban 1, 5ª planta) y Madrid (calle Orense 85, edificio Lexington).
Nota de prensa Llana Consultores advierte de los cambios derivados del nuevo reglamento del IVA y Facturación en comunicae.es