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Sociedades Limitadas Urgentes, la vía rápida para crear nuestra SL
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Sociedades Limitadas Urgentes, la vía rápida para crear nuestra SL

Por Redacción
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noticiaseconomiadehoyes/8/8/22
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viernes 28 de enero de 2022, 09:47h
Disponer de una sociedad limitada para un nuevo proyecto o para desarrollar una nueva actividad es la mejor forma de diversificar los negocios a los que nos queramos dedicar. id:80215
Utilizando los servicios de ventadesociedades.eu podemos comprar una sociedad limitada ya constituida por menos de lo que nos costaría crearla por nuestra cuenta. Y en un tiempo muy corto, en algunos casos en 24 horas.

Esta empresa se dedica exclusivamente a la constitución de sociedades, manteniéndolas inactivas para posteriormente venderlas. Por tanto nunca compran sociedades a terceras personas, a fin de garantizar la inoperatividad y limpieza de las sociedades que venden. Y ni tan siquiera aceptan que se las regalen.

¿Cómo funciona la compra de una sociedad limitada inactiva?

  • Disponibilidad inmediata en solo una hora.
  • Sin riesgo fiscal.
  • Sociedades con NIF definitivo.
  • Asesoría profesional.
  • Confidencialidad de los socios ante terceros. El que las participaciones permanezcan ocultas es un derecho. La normativa actual permite la no filiación en el Registro Mercantil de las transmisiones de las participaciones, sino que fuerza a ella al evaluar de no inscribibles estos actos. Es una atribución que tienen los propietarios de participaciones en una sociedad, y no es nada ilícito. La Ley de SRL, Ley 2/95 de 23 de marzo, ratifica la no necesidad de inscripción de participaciones en el Registro Mercantil, manteniendo el documento público y especificando que la constitución de derechos reales distintos del de prenda exigiría escritura pública.
  • Sin necesidad de desembolsar el capital social de 3000 €.
  • No hay necesidad de desplazarse para la compra de la sociedad.
  • Servicio de total garantía.
  • Cambio de denominación social sin sobre coste alguno
  • Precio cerrado.

Por supuesto Hacienda sí se entera de que somos socios de la sociedad limitada recién adquirida. Pero que Hacienda conozca o no la titularidad de los socios no debería de ser el problema. Al fin y al cabo nuestra sociedad no se ha comprado para generar bolsas de fraude.

Imaginemos la mayor parte de los casos: sociedades con actividad o instrumentales y que en raras ocasiones llegan a repartir dividendos a los socios. En estos casos, la confidencialidad puede ser prácticamente total, lo cual le permite formar parte de una sociedad sin que su competencia, o sus familiares, o quien a usted no le interese, conozca que usted es socio de la misma. Esto es perfectamente legítimo. El único que no se escapa de la identificación es el administrador, pero el administrador puede ser un NO SOCIO e incluso alguien totalmente desvinculado a los socios. Usted como socio, además, puede disponer de poderes específicos que no necesitan inscripción y por lo tanto manejar lo más importante de la sociedad sin figurar como apoderado en el Registro Mercantil.

En la gran mayoría de los casos en los que se busca la confidencialidad, ésta se busca solo frente a terceros, y no ante Hacienda, con lo cual la nueva normativa incluida en el RD 1/2010 no debe de suponer ningún problema para los clientes de ventadesociedades.eu.

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