Unifica los formatos de solicitud a emplear y delimita y concreta en cada caso, la documentación a aportar. Permite la presentación de copias y de traducciones privadas. id:61255
Con el objetivo de alcanzar una aplicación más armonizada por parte de todas las Capitanías marítimas, así como para la potenciación y desarrollo del conjunto del sector del chárter náutico, la Dirección General de la Marina Mercante, a petición del sector y con la interlocución de ANEN, ha realizado una revisión de la anterior normativa publicada en octubre del año pasado, y ha publicado la nueva Instrucción de Servicio 3/2020 sobre arrendamiento náutico de embarcaciones y buques de recreo que anula y sustituye a la anterior Instrucción de Servicio 10/2019.
La nueva Instrucción de Servicio (SE PUEDE CONSULTAR PINCHANDO EN ESTE ENLACE) introduce, en líneas generales, las siguientes novedades:
- Unifica los formatos de solicitud a emplear y delimita y concreta en cada caso, la documentación a aportar.
- Permite la presentación de copias y de traducciones privadas.
- Simplifica los requerimientos de documentación para tripulaciones de megayates de pabellón no español.
- Mejora la “Base de Datos de Megayates” (BDMY) (de eslora mayor de 24 m) susceptibles de realizar la actividad de arrendamiento náutico en o desde puertos españoles, con el fin de agilizar su despacho.
- Amplia la validez del Documento Acreditativo de la Inclusión en la BDMY.
- Elimina el requisito de la dispensa de bandera para embarcaciones de más de 14 metros de eslora y buques de pabellón de países no pertenecientes al EEE.
- Determina, en cada caso, la duración del despacho por tiempo.
Para toda consulta sobre este asunto, no dudéis en contactar con ANEN por los cauces habituales.