www.economiadehoy.es

Publicada la nueva Instrucción de Servicio 3/2020 en materia de chárter para alcanzar una aplicación más armonizada de la normativa sobre arrendamiento náutico

Publicada la nueva Instrucción de Servicio 3/2020 en materia de chárter para alcanzar una aplicación más armonizada de la normativa sobre arrendamiento náutico
Ampliar
miércoles 22 de julio de 2020, 09:59h
Unifica los formatos de solicitud a emplear y delimita y concreta en cada caso, la documentación a aportar. Permite la presentación de copias y de traducciones privadas. id:61255

Con el objetivo de alcanzar una aplicación más armonizada por parte de todas las Capitanías marítimas, así como para la potenciación y desarrollo del conjunto del sector del chárter náutico, la Dirección General de la Marina Mercante, a petición del sector y con la interlocución de ANEN, ha realizado una revisión de la anterior normativa publicada en octubre del año pasado, y ha publicado la nueva Instrucción de Servicio 3/2020 sobre arrendamiento náutico de embarcaciones y buques de recreo que anula y sustituye a la anterior Instrucción de Servicio 10/2019.

La nueva Instrucción de Servicio (SE PUEDE CONSULTAR PINCHANDO EN ESTE ENLACE) introduce, en líneas generales, las siguientes novedades:

  • Unifica los formatos de solicitud a emplear y delimita y concreta en cada caso, la documentación a aportar.
  • Permite la presentación de copias y de traducciones privadas.
  • Simplifica los requerimientos de documentación para tripulaciones de megayates de pabellón no español.
  • Mejora la “Base de Datos de Megayates” (BDMY) (de eslora mayor de 24 m) susceptibles de realizar la actividad de arrendamiento náutico en o desde puertos españoles, con el fin de agilizar su despacho.
  • Amplia la validez del Documento Acreditativo de la Inclusión en la BDMY.
  • Elimina el requisito de la dispensa de bandera para embarcaciones de más de 14 metros de eslora y buques de pabellón de países no pertenecientes al EEE.
  • Determina, en cada caso, la duración del despacho por tiempo.

Para toda consulta sobre este asunto, no dudéis en contactar con ANEN por los cauces habituales.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios