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TRIBUTACIÓN DE BONOS Y OBLIGACIONES DEL ESTADO

Por José Antonio Almoguera
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jalmogueramegaconsultinges/10/10/25
megaconsulting.net
miércoles 13 de marzo de 2019, 09:50h
He invertido en bonos del Estado. ¿Cómo se incluyen los rendimientos en la declaración de la renta? id:43011
TRIBUTACIÓN DE BONOS Y OBLIGACIONES DEL ESTADO
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La inversión en Deuda Pública tributa dentro de los rendimientos de capital mobiliario. En concreto, como rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios.

Tres son los valores más corrientes dentro de la Deuda Pública del Estado:

  • Letras del tesoro, activos financieros a corto plazo de 6 a 18 meses. Se emiten al descuento, por lo que tienen un rendimiento implícito.
  • Bonos y obligaciones del Estado. Los bonos se emiten con un plazo entre 2 y 5 años. Los rendimientos periódicos o cupones, como los derivados de la transmisión se califican como rendimientos del capital mobiliario.

En este epígrafe se encuentran las contraprestaciones de todo tipo cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dineraria o en especie:

  • intereses
  • Otra forma de retribución
  • Transmisión, reembolso, amortización, canje o conversión de activos

Estos rendimientos pueden proceder, entre otros, de:

  • Instrumentos de giro como letras, pagarés...
  • Cuentas corrientes, cuentas a plazo, libretas de ahorro...
  • Cesión temporal de activos financieros con pacto de recompra.
  • Transmisión total o parcial de un crédito cuya titularidad pertenece a la entidad financiera.

Los rendimientos anteriores se computan por importe obtenido, antes de descontar la retención salvo:

  • Transmisión, reembolso, amortización, canje o conversión de los valores, que se computa como rendimiento la diferencia entre el valor de transmisión, amortización, canje o conversión y su valor de adquisición.
  • Valores de deuda pública (bonos y obligaciones del Estado) adquiridos con anterioridad a la fecha de 31 de diciembre de 1996 que se computa como rendimiento de su transmisión, amortización o reembolso en la renta del ahorro.

En la ley no se establece ningún límite para imputar los rendimientos negativos de este tipo de activos.

En relación con las retenciones hay que significar que las letras del Tesoro y transmisión de bonos del Estado y Obligaciones del Estado no tienen retención. Si se practicará retención a los cupones que se cobren de los bonos y obligaciones del estado (19%).

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